1.5 Derecho de las Víctimas

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Entendemos por víctima aquella persona que ha sido ofendida por el delito. La cual puede ser una persona natural o jurídica. El Ministerio Público tenga la obligación de proporcionar a la víctima las garantías necesarias en torno a su protección durante todo el procedimiento, garantía que se encuentra amparada como principio del nuevo proceso[1], además tanto carabineros como otros órganos deben también proporcionar a la víctima del delito toda la colaboración y protección adecuada, todo con el objeto de procurar con ello facilitar al máximo su participación en los trámites en que la víctima deba intervenir.

¿Cuáles son los derechos de la Víctimas?

  1. Solicitar medidas de protección frente a probables hostigamientos, amenazas o atentados en contra suya o de su familia.
  2. Presentar querella
  3. Ejercer contra el imputado acciones tendientes a perseguir las responsabilidades civiles provenientes del hecho punible
  4. Ser oída, si lo solicitare, por el fiscal antes de que éste pidiere o se resolviere la suspensión del procedimiento o su terminación anticipada
  5. Ser oída, si lo solicitare, por el tribunal antes de pronunciarse acerca del sobreseimiento temporal o definitivo u otra resolución que pusiere término a la causa.
  6. Impugnar el sobreseimiento temporal o definitivo o la sentencia absolutoria, aun cuando no hubiere intervenido en el procedimiento

[1] Artículo 6 del Código Procesal Penal