2.8.1 a) Externalización del canal de comunicación
Para ciertos autores resulta recomendable que el canal de comunicación sea entregado a un ente externo e independiente de la organización empresarial, puesto que al no corresponder a un departamento de la empresa se previenen riesgos de filtración de información o pérdida de objetividad dentro del proceso de investigación, facilitando la independencia y confiabilidad del sistema.
Este punto es especialmente importante en empresas de menor tamaño que no están preparadas para asumir los costos financieros que implica el establecimiento de un departamento de prevención del delito o de compliance, dependiendo del modelo que se tiene en vista en el diseño realizado por la organización, ya que «las tareas del Oficial de Cumplimiento incluso se pueden externalizar, logrando importantes economías, pero debe haber alguien en la empresa, dentro de la misma, que asuma la responsabilidad aunque ésta sólo consista en supervisar los trabajos externalizados y tomar las decisiones finales de Compliance» (Carrau Criado, 2016).