Evaluación Unidad II Curso de Derecho Sindical: Organización, Libertad Sindical y Negociación Colectiva
A continuación deberás poner en práctica los conocimientos que aprendiste durante todo el transcurso de este curso. Debes leer con atención las 25 preguntas y escoger la respuesta que le parezca correcta, te recomendamos utilizar tus apuntes y esquemas. Estamos seguros que con tu esfuerzo y perseverancia lograras grandes resultados. ¡Éxito!
Resumen del Cuestionario
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Preguntas:
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Question 1 of 25
1. Pregunta
- En cuanto a la noción de Libertad Sindical, es correcto afirmar:
I. Es el fundamento rector o principio fundante del derecho colectivo del trabajo.
II. Tiene 3 elementos esenciales, los cuales han tenido un reconocimiento progresivo a partir de los Convenios de la OIT sobre Libertad Sindical.
III. Cuando hablamos de Libertad Sindical, nos referimos exclusivamente a la Libertad Sindical Colectiva.
IV. La Libertad Sindcal se encuentra ampliamente reconocida a nivel internacional, no obstante nuestro ordenamiento jurídico laboral no recoge debidamente este principio.CorrectoIncorrecto -
Question 2 of 25
2. Pregunta
2. La acepción del concepto de libertad sindical en el Derecho Internacional del Trabajo indica que se trata de un conjunto de derechos y garantías de los trabajadores y de sus organizaciones para constituir las organizaciones sindicales que estimen pertinentes y afiliarse a ellas, y para desarrollar actividad sindical, principalmente, la negociación colectiva y la huelga.
CorrectoIncorrecto -
Question 3 of 25
3. Pregunta
3. En cuanto al contenido de la Libertad Sindical es correcto señalar:
I. Es un conjunto de derechos y garantías tanto de los trabajadores como de sus organizaciones.
II. Su contenido puede clasificarse entre libertad sindical empresarial y libertad sindical colectiva.
III. Libertad sindical individual positiva es el derecho del trabajador a concurrir a la formación de una organización sindical o afiliarse a una que ya se encuentra constituida.
IV. La libertad sindical colectiva es el conjunto de obligaciones de que son titulares las organizaciones sindicales en orden a desarrollar actividad sindical.CorrectoIncorrecto -
Question 4 of 25
4. Pregunta
4. Respecto al reconocimiento internacional de la Libertad Sindical, es incorrecto señalar:
I. La consagración internacional del principio de libertad sindical ciertamente se ha desarrollado en forma paralela a la labor normativa que ha venido desarrollando la OIT.
II. El Convenio Nº 87, sobre libertad sindical y protección del derecho de sindicación, y el Convenio Nº 98, sobre derecho de sindicación y de negociación colectiva, son los de menos relevancia internacional y ambos instrumentos normativos fueron ratificados por Chile y se encuentran actualmente vigentes.
III. Las “declaraciones constitutivas” son determinados convenios de la OIT que vinculan a todos los Estados miembros, pese a que no los hayan ratificado.
IV. El Convenio Nº 135, de 1971, relativo a la protección y facilidades que deben otorgarse a los representantes de los trabajadores en la empresa, aún no ha sido ratificado por Chile expresamente.CorrectoIncorrecto -
Question 5 of 25
5. Pregunta
5. Respecto al contenido de la Libertad Sindical en Chile, es correcto señalar:
I. Son fuentes normativas: los tratados internacionales ratificados por Chile y vigentes, Constitución Política de la República y la Legislación laboral.
II. Pese a su importancia, los convenios de la OIT no son norma directa, por tanto a priori sólo constituyen una directiva o una orientación a seguir para la resolución de fallos.
III. El inciso quinto del artículo 19 Nº 16 de la Constitución Política de Chile establece que la negociación colectiva con la empresa en que laboren es un derecho de los trabajadores, salvo los casos en que la ley expresamente no permita negociar.
IV. En Chile el Estado ha asumido un rol activo en las relaciones colectivas de trabajo, siendo la ley su principal instrumento de control.CorrectoIncorrecto -
Question 6 of 25
6. Pregunta
6. Respecto a la incorporación de los Convenios 87 y 98 de la OIT al ordenamiento jurídico interno, es correcto señalar:
I. Los referidos instrumentos internacionales se encuentran plenamente incorporados a nuestro ordenamiento jurídico interno, habiendo comenzado su vigencia en Chile a contar de febrero de 2000.
II. Existen puntos de conflicto entre las normas de los Convenios y el ordenamiento jurídico laboral interno, por lo que debe determinarse cuál es la norma aplicable.
III. El carácter auto-ejecutable de las normas del Convenio Nº 87 es indiscutido, a diferencia de lo que ocurre con las normas del Convenio Nº 98, donde se discute su eficacia inmediata.
IV. La opinión mayoritaria indica que su jerarquía es, en el peor de los casos, superior a la de una ley común.CorrectoIncorrecto -
Question 7 of 25
7. Pregunta
7. Respecto a la tutela Constitucional de la Libertad Sindical en el ordenamiento jurídico Chileno, es correcto señalar:
I. Podemos distinguir entre tutela constitucional, tutela legal y tutela contractual.
II. La reforma constitucional de 1989, mediante el inciso segundo del artículo 5 de la Constitución Chilena, restringió el catálogo de derechos fundamentales ligados a la libertad sindical.
III. El reconocimiento constitucional de los derechos de libertad sindical, ya sea en forma directa o vía artículo 5, vincula a los órganos del Estado y a toda persona, institución o grupo.
IV. La eficacia del recurso de protección como mecanismo de tutela de los derechos que integran la libertad sindical ha sido limitada.CorrectoIncorrecto -
Question 8 of 25
8. Pregunta
8. Respecto a la tutela legal de la Libertad Sindical en el ordenamiento jurídico Chileno, es incorrecto señalar:
I. La tutela legal de la libertad sindical se expresa fundamentalmente en la actuación de los órganos jurisdiccionales y de los servicios administrativos del Estado como lo es la Contraloría General de la República.
II. En términos generales, cabe señalar que la Dirección del Trabajo tiene, por expreso mandato legal, la facultad de interpretar y fiscalizar el cumplimiento de la legislación laboral.
III. El fuero sindical es una de las formas menos importantes de tutela de la libertad sindical.
IV. La fiscalización administrativa y el fuero son manifestaciones de tutela constitucional.CorrectoIncorrecto -
Question 9 of 25
9. Pregunta
9. Según Macchiavello podemos concebir a la negociación colectiva «como un procedimiento relacionador entre sujetos colectivos en las tratativas tras un acuerdo del mismo género y en la fase de desacuerdo entre ellos y sus efectos»
CorrectoIncorrecto -
Question 10 of 25
10. Pregunta
10. En cuanto a la clasificación de la Negociación Colectiva, es correcto afirmar:
I. Podemos clasificarla en Negociación colectiva en el ámbito de la empresa y negociación colectiva supra empresas.
II. Podemos clasificarla en Negociación colectiva en el ámbito de la empresa y negociación colectiva inter empresas.
III. Podemos clasificarla en Negociación sindical y negociación coaligada.
IV. Podemos clasificarla en Negociación colectiva formal o reglada y negociación colectiva informal o no reglada.
V. Podemos clasificarla en Negociación colectiva formal y negociación colectiva mínimamenteCorrectoIncorrecto -
Question 11 of 25
11. Pregunta
11. Respecto al Ámbito de negociación podemos afirmar que:
I. Siempre es posible negociar colectivamente, tanto en las empresas estatales como en las sociedades anónimas del Estado.
II. Por regla general es posible negociar colectivamente tanto en las empresas estatales como en las sociedades anónimas del Estado. Sin embargo, el 304 del Código del Trabajo excluye a ciertas empresas de la negociación colectiva.
III. Por ley se reconoce a los funcionarios de la Administración del Estado el derecho a negociar colectivamente.
IV. El restringido ámbito de la negociación colectiva en chile, genera un problema ante la ratificación por Chile del Convenio Nº 151 de la OIT.CorrectoIncorrecto -
Question 12 of 25
12. Pregunta
12. Están excluidos de la negociación colectiva, los siguientes trabajadores:
I. Los sujetos a contrato de aprendizaje y aquellos que se contraten exclusivamente para el desempeño de una determinada obra o faena transitoria o de temporada.
II. Los gerentes, subgerentes, agentes y apoderados, siempre que en todos estos casos estén dotados, a lo menos, de facultades generales de administración.
III. Las personas autorizadas para contratar o despedir trabajadores.
IV. Los trabajadores que de acuerdo con la organización interna de la empresa, ejerzan dentro de ella un cargo superior de mando e inspección, siempre que estén dotados de atribuciones decisorias sobre políticas y procesos productivos o de comercialización.CorrectoIncorrecto -
Question 13 of 25
13. Pregunta
13. Son materias de negociación colectiva todas aquellas que se refieran a remuneraciones, u otros beneficios en especie o en dinero, y en general a las condiciones comunes de trabajo. A su vez la expresión “condiciones comunes de trabajo” comprende aquellas circunstancias que dicen relación con el bienestar de todos los trabajadores de la o las empresas involucradas.
CorrectoIncorrecto -
Question 14 of 25
14. Pregunta
14. Respecto al procedimiento de negociación colectiva reglada, es incorrecto señalar:
I. Los trabajadores involucrados en una negociación colectiva gozarán del fuero, conforme a lo que dispone la actual legislación.
II. Sólo podrán actuar como ministros de fe; los inspectores del trabajo; los Conservadores de Bienes Raíces y los oficiales del Registro civil.
III. El procedimiento de negociación colectiva dentro de la empresa y negociación colectiva supraempresas, es el mismo.
IV. Pueden presentar el proyecto de negociación colectiva, solo el grupo de trabajadores que revista el carácter de sindicato.CorrectoIncorrecto -
Question 15 of 25
15. Pregunta
15. El procedimiento colectivo legal en nuestro país es el conjunto de reglas dictadas por el Estado para regular la época, los requisitos y los trámites que deben seguir las partes en su propósito de establecer normas jurídicas imperativas y obligatorias para los sujetos de una colectividad determinada, y, además, para definir los efectos y las modalidades que tendrán lugar entre aquéllos, ante la falta de acuerdo sobre sus relaciones jurídicas, en tanto ejercitan los medios de autotutela.
CorrectoIncorrecto -
Question 16 of 25
16. Pregunta
16. Respecto a la adhesión a la negociación colectiva reglada, es correcto señalar:
I. Implica que los sindicatos podrán admitir, por acuerdo en asamblea extraordinaria, que trabajadores no afiliados adhieran a la presentación del proyecto de contrato colectivo.
II. Habilita para ejercer todos los derechos y obligaciones que la ley reconoce a los socios del sindicato, dentro del procedimiento de negociación colectiva, salvo el fuero.
III. El plazo para adherirse es de 20 días contados desde la fecha de la comunicación que debe dar el empleador de haberse presentado un proyecto de contrato colectivo.
IV. Si se produce la adhesión deberá adjuntarse al proyecto presentado la nómina y rúbrica de los trabajadores adherentes a la presentación.CorrectoIncorrecto -
Question 17 of 25
17. Pregunta
17. Respecto a la representación de las partes, en la negociación colectiva reglada, es correcto señalar:
I. La representación de los trabajadores en la negociación colectiva estará a cargo de una comisión negociadora.
II. El número de miembros de la comisión dependerá de la voluntad del sindicato.
III. El empleador, a su vez, tendrá derecho a ser representado en la negociación hasta por tres apoderados que formen parte de la empresa.
IV. Además de los miembros de la comisión negociadora y de los apoderados del empleador, podrán las partes designar asesores.CorrectoIncorrecto -
Question 18 of 25
18. Pregunta
18. Respecto a la oportunidad para presentar el proyecto de contrato colectivo, dentro de la negociación colectiva reglada, es correcto señala:
I. Hay que distinguir si en la empresa existe o no, contrato colectivo en vigencia.
II. En las empresas en que existiere contrato colectivo anterior, los trabajadores podrán presentar al empleador un proyecto de contrato colectivo en el momento que lo estimen conveniente.
III. En la empresa que existe contrato colectivo vigente, la presentación del proyecto deberá efectuarse no antes de 25 días ni después de 45 días anteriores a la fecha de vencimiento de dicho contrato.
IV. Los trabajadores que ingresen a la empresa donde hubiere contrato colectivo vigente y que tengan derecho a negociar colectivamente, podrán presentar un proyecto de contrato después de transcurridos 6 meses desde la fecha de su ingreso.CorrectoIncorrecto -
Question 19 of 25
19. Pregunta
19. Respecto a los aspectos generales del Proyecto de Contrato Colectivo, en la negociación colectiva reglada, es correcto señalar:
I. La ley confiere a todo sindicato o grupo negociador de empresa un derecho de información para conocer los antecedentes indispensables para preparar el proyecto.
II. El proyecto de contrato colectivo deberá contener menciones básicas estipuladas por ley, entre otras, el plazo de vigencia del contrato.
III. Deberá acompañarse una copia firmada del proyecto a la Inspección del Trabajo respectiva dentro de los 15 días siguientes a su presentación.
IV. Los empleadores que formen parte del procedimiento deberán dar una respuesta única al proyecto.CorrectoIncorrecto -
Question 20 of 25
20. Pregunta
20. “Contrato colectivo es el celebrado por un empleador con una organización sindical con el objeto de establecer condiciones comunes de trabajo y remuneraciones por un tiempo determinado”
CorrectoIncorrecto -
Question 21 of 25
21. Pregunta
21. Respecto a las características del contrato colectivo, es incorrecto señalar:
I. Es siempre un acuerdo de voluntades, atendida la naturaleza de la negociación colectiva.
II. La ley no exige solemnidades, estas serán determinadas por las partes, solo con fines probatorios.
III. Es a plazo fijo.
IV. Es un instrumento jurídico de arreglo o solución de las divergencias que existe entre el interés de los sujetos empleadores y el de los trabajadores.CorrectoIncorrecto -
Question 22 of 25
22. Pregunta
22. En cuanto a la eficacia del contrato colectivo chileno, es correcto señalar.
I. Siguiendo a la profesora ROJAS MIÑO, es posible distinguir cuatro categorías de eficacia jurídica de los contratos colectivos.
II. Eficacia social, constituye un pacto de hecho con eficacia jurídica.
III. Eficacia contractual, es un contrato y sus efectos se rigen por el derecho común.
IV. Eficacia normativa, tiene los efectos de ley, pero no se incorpora en el sistema de fuentes del Derecho.CorrectoIncorrecto -
Question 23 of 25
23. Pregunta
23. El efecto ultra termine es una consecuencia del efecto imperativo del contrato colectivo, pues si sus normas se entienden incorporadas a los respectivos contratos individuales, resulta lógico que terminada la vigencia de aquél sus cláusulas pervivan en éstos.
CorrectoIncorrecto -
Question 24 of 25
24. Pregunta
24. En cuanto a la duración y vigencia del contrato colectivo, es correcto señalar:
I. Tendrán una duración no inferior a cuatro años ni superior a seis años.
II. La vigencia de los contratos colectivos se contará a partir del quinto día hábil siguiente al de la fecha de vencimiento del contrato colectivo o fallo arbitral anterior.
III. Si no existiere contrato colectivo o fallo arbitral anterior, la vigencia se contará a partir del día siguiente al de su suscripción.
IV. La circunstancias de la huelga no afecta la vigencia del nuevo contrato colectivo.CorrectoIncorrecto -
Question 25 of 25
25. Pregunta
25. El convenio colectivo es el suscrito entre uno o más empleadores con una o más organizaciones sindicales o con trabajadores unidos para tal efecto, o con unos y otros, con el fin de establecer condiciones comunes de trabajo y remuneraciones por un tiempo determinado, sin sujeción a las normas de procedimiento de la negociación colectiva reglada ni a los derechos, prerrogativas y obligaciones propias de tal procedimiento.
CorrectoIncorrecto