3.2.1. Renta Presunta (Art. 34 de LIR)

Régimen que paga impuestos sobre la base de lo que la ley determina para su actividad y no de acuerdo a los resultados obtenidos.

Preferentemente pueden acogerse micro y pequeñas empresas de los rubros:

  • Agrícola (ingreso máximo anual menor o igual a 9 mil UF)
  • Transporte (ingreso menor a 5 mil UF)
  • Minería (ingreso menor a 17 mil UF).

Su periodo de permanencia es a lo menos de cinco años.

Pueden acogerse:

  • Empresas Individuales (E.I.)
  • Empresas Individuales de Responsabilidad Ltda. (E.I.R.L.)
  • Comunidades
  • Cooperativas
  • Sociedades de Personas
  • Sociedades por Acciones (conformadas sólo por personas naturales)

El tipo de contabilidad y registro obligatorio que deben llevar incluye:

  1. Libro de Compras y Ventas si se encuentran afectos a IVA
  2. En caso contrario, deben llevar un sistema de control de sus ingresos