3.2 Rol de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento
Como se ha señalado precedentemente, con la entrada en vigencia de la Ley 20.720, se crea la nueva Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, y es en este sentido, que la Superintendencia comienza a relacionarse con el Ministerio de Economía, Fomento y Turismo. Lo anterior, en virtud de que tiene como misión, el contribuir con el desarrollo económico del país, velando por la efectividad y transparencia de los procedimientos concursales y de quiebras, a través de la fiscalización y facilitación de acuerdos en resguardo de sus intervinientes, promoviendo el reemprendimiento mediante la superación de la situación de insolvencia y sobreendeudamiento de personas y empresas.
Ante éste organismo, se tramitan además, los procedimientos concursales de Renegociación de personas deudoras que han sido explicados en los módulos anteriores. Por otro lado, en la práctica, en relación a los Procedimientos Concursales de Liquidación, éstos van de la mano con la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, es ante dicha institución, en que se solicita la nominación de Liquidadores, que estarán a cargo de la administración de los bienes de las personas y empresas que se sometan a tales procesos. Además, dichos liquidadores, están bajo fiscalización por parte de la Superir del ramo. Es más, en caso de incumplimiento de las funciones por parte del liquidador concursal, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, tiene las facultades de remoción de dicho liquidador, y designar a otro.