1.2 Derechos Fundamentales
Robert Alexy un famosojurista sostiene que los DF son aquellos que están expresados en la Constitución y aquellos que se pueden adscribir a los estatuidos en la Constitución.
I. Constitución y derechos fundamentales:
“En el catálogo de derechos fundamentales, no sólo debemos considerar los derechos establecidos en el artículo 19 de la Constitución, sino que a ellos deben agregarse los consagrados por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes”
La Constitución Política de 1980 consagra disposiciones que tienen por objeto asegurar a todas las personas derechos y garantías fundamentales.
Clasificación de derechos fundamentales
Derechos Civiles:
Son los reconocidos a todos los ciudadanos por la ley, como por ejemplo el derecho a la vida y a la integridad física y psíquica de la persona, la vida privada y la honra de la persona y de su familia, la inviolabilidad de toda forma de comunicación privada, la libertad de conciencia y de culto, la libertad personal y seguridad individual, la libertad de expresión, derecho de reunión, la libertad de trabajo, la libertad de desarrollar cualquier actividad económica, la libertad de enseñanza, el derecho de propiedad, y la igualdad.
Derechos Políticos:
Derechos otorgados en virtud de la calidad de ciudadano que confiere la Constitución Política de la República ( C.P.R) Artículo 13 y s.s.
La Constitución señala que son ciudadanos, los chilenos que hayan cumplido dieciocho años de edad y que no hayan sido condenados a pena aflictiva.
Ser ciudadano otorga los derechos de sufragio y de optar a cargos de elección popular y los demás derechos que confiera la constitución y la ley. Los ciudadanos tienen derecho a participar en la aprobación o rechazo de reformas constitucionales bajo los supuestos establecidos en la propia Carta Fundamental ( Plebiscitos) Capitulo XV Reforma a la constitución.
Derechos Económicos, Sociales y Culturales:
El artículo 1° de la C.P.R sostiene que “el Estado debe contribuir a crear condiciones sociales que permitan a todos y a cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización material y espiritual posible”.
Se reconoce
- El derecho a sindicación,
- El derecho a la salud,
- A un medio ambiente libre de contaminación,
- Adquisición de toda clase de bienes.
- Propiedad.
- Autoría sobre creaciones intelectuales y artísticas y de la propiedad industrial.