2.1 Requisitos de acreditación
REQUISITOS DE ACREDITACION
Los requisitos que se deben cumplir para registrarse como Organismo Técnico de
Capacitación son los siguientes:
- Contar con personalidad jurídica, la que deberá tener como único objeto social “La Prestación de Servicios de Capacitación”
- Si va a capacitar áreas que requieren la previa autorización de otras Entidades Públicas, se debe considerar al Objeto Social de la siguiente manera:
- La prestación de Servicios de Capacitación, incluyendo el área de Formación Teórica y Práctica de Conductores, autorizados por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (se debe presentar el documento que acredita que la institución está autorizada para la prestación del servicio).
- La prestación de Servicios de Capacitación, incluyendo el área en Materias de Seguridad Privada, autorizado por el OS-10 de Carabineros de Chile (se debe presentar el documento que acredita que la institución está autorizada para la prestación del servicio.
- Para las OTEC que trabajen con las siguientes instituciones solamente requieren presentar el documento que acredita que están autorizadas para la prestación de Servicio de Capacitación.
- Servicio Agrícola Ganadero
- DIRECTEMAR
- CPEIP – Ministerio de Educación
Se excluyen de este requisito de tener el Objeto Único de Capacitación a las Universidades, Centros de Formación Técnica, Institutos Profesionales y Municipalidades.
4. CERTIFICACIÓN BAJO LA NCh2728: El Organismos deberá acreditar que dispone de la certificación bajo la Norma Chilena de Calidad para Organismos Técnicos de Capacitación, NCh2728, establecida como Norma Oficial de la República por la Resolución Exenta Nº 155, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, publicada en el Diario Oficial el 19 de mayo de 2003, o aquella que la remplace.
La Norma Chilena NCh2728 es de aplicación nacional y establece los requisitos a cumplir por los Organismos Técnicos de Capacitación para certificar su Sistema de Gestión de la Calidad.
La Norma Chilena NCh2728 tiene una vigencia de 3 años, siendo el OTEC el responsable de actualizar la Norma, lo mismo que todos los otros aspectos que hacen su actividad, como son: domicilio, razón social, contratos, actividades con otros servicios públicos, nombre de fantasía, representante legal, miembros del directorio, socios, entre otros.