2.2 Requisitos del procedimiento de renegociación de deudas
El Procedimiento Concursal de Renegociación, se encuentra regulado en los Artículos 260 y siguientes de la Ley 20.720 y por normas de carácter general de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento, que regula aún con más detalle este procedimiento, fijando recientemente nuevas pautas para su solicitud.
Características:
- Procedimiento administrativo y gratuito, que se tramita ante la SIR.
- Presupuestos subjetivos (ser persona deudora) y objetivo (mora prolongada, no insolvencia, es decir que una persona no ha podido cumplir con sus obligaciones)
- La SIR no tiene facultades jurisdiccionales, funciona como facilitadora.
- Los acuerdos se llegan en audiencias verbales por la mayoría.
Requisitos de procedencia:
- Ser persona deudora
- Dos o más obligaciones vencidas por más de 90 días por un monto superior a 80 UF. (Superior a $2.800.000 aproximadamente, eso no significa que el monto atrasado deba ser eso, porque el monto atrasado puede ser $500.000 pero la obligación impaga debe ser superior a 80 UF)
- Que no se haya iniciado un procedimiento concursal de liquidación simplificada por la persona deudora.
- Limitaciones de uso: 5 años desde la publicación de la resolución de admisibilidad.
- Acompañar declaraciones juradas, carpetas tributarias, informe de boleta electrónica, todo se saca de la página web de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento.
Obligaciones que se excluyen del Procedimiento de Renegociación:
- Alimentos y compensación económica
- Obligaciones derivadas de delitos o cuasidelitos.
- Multas y demás sanciones pecuniarias penales.
- Aquellas que determine la Superir con Norma de carácter general.
Nota: Se excluyen, pero deben ser declaradas igualmente. Para conocer la carga total de deuda que tiene la persona para ver la capacidad de pago.
Nota: Es menester señalar que, la mayoría de los requisitos para iniciar un Procedimiento de renegociación de persona deudora, no están establecidos en la Ley 20.720, sino que han sido solicitados por la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento.