3.1 Contraparte valida del Otec fente al Sence
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CONTRAPARTE VÁLIDA DEL OTEC FRENTE AL SENCE.
Para tener una contraparte válida del Organismos Técnico de Capacitación en la Región en la que se habilite una sede, el representan legal tendrá las siguientes opciones:
- Nombrar un Mandatario: El mandatario es una persona que representa al OTEC en la región, y se formaliza otorgando al representante legal un mandato escrito indicando a la persona que lo representará, y las facultades que le otorga para los efectos de la autorización y realización de cursos o actividades de capacitación. Este deberá otorgarse ante Notario Público y constar en escritura pública si el mandato incluye la posibilidad de firmar convenios, actos y contratos.
- Nombrar un Relacionador Técnico: El Relacionador Técnico es un Técnico o profesional del OTEC, con conocimientos y capacidad de interlocución técnica y de gestión, sin poder de firma.
- El nombramiento del Relacionador técnico, se debe realizar mediante la presentación de un poder simple, autorizado por el representante legal además de adjuntar el CV de la persona nombrada, en este se debe incluir el RUT.
Es importante señalar que el Relacionador Técnico no tiene poder de firma, a menos que el Representante Legal se lo otorgue mediante la emisión de un Poder ante Notario Público, en el que se especifiquen las facultades de firma ante SENCE para los siguientes documentos:
- Formulario de Actualización de información OTEC
- Actualización de Relatores
- Solicitud de código SENCE
- Solicitud de actualización de costos
- Certificado de asistencia