3.2.2. Art. 53 del D.F.L. Nº458, de 11975
Progreso del Lección
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Modificado por la Ley No 18.738 de 1988, establece que para Fijar los límites urbanos de los centros poblados, debe recabarse un informe de la Secretaría Ministerial de Agricultura, el que deberá emitirse en el plazo de 15 días, vencido el cual se tendrá por emitido.