3.4 Contraloría General de la República
Progreso del Lección
0% Completado
La Contraloría es un organismo autónomo, independiente, no subordinado y funcionalmente no independiente.
Funciones:
- Ejercerá el control de legalidad de los actos de la administración
- Fiscalizará el ingreso y la inversión de los fondos del Fisco, de las municipalidades y de los demás organismos y servicios que determinen las leyes
- Examinará y juzgará las cuentas que las personas que tengan a su cargo bienes de esas entidades
- Llevará la contabilidad general de la nación
- Desempeñará las demás funciones que le encomiende la ley orgánica constitucional respectiva.
El Contralor General de la República:
- Deberá tener a lo menos diez años de título de abogado,
- Haber cumplido cuarenta años de edad
- Poseer las demás calidades necesarias para ser ciudadano con derecho a sufragio
- Será designado por el Presidente de la República con acuerdo del Senado adoptado por los tres quintos de sus miembros en ejercicio, por un período de ocho años
- No podrá ser designado para el período siguiente
- Al cumplir 75 años de edad cesará en el cargo.
Funciones
- Auditoría: Con el propósito de velar por el cumplimiento de las normas jurídicas.
- Jurídica: Controla la legalidad de los actos administrativos
- Contable: Regula la contabilidad del sector público.
- Jurisdiccional: Fiscaliza y juzga a funcionarios públicos.