2.2 Derecho Civil

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Corresponde a una rama del derecho privado que estudia atributos de la personalidad, relaciones patrimoniales y de familia. El derecho civil regula las relaciones de los individuos desde el nacimiento hasta la muerte, tanto en su vida familiar, como en el ámbito económico. Por eso, es la más general y amplia de las ramas del derecho y constituye el ordenamiento básico de nuestra tradición jurídica.

Estructura del Código Civil

Principios inspiradores del Código Civil

¿En qué consisten?

  •  Lineamientos básicos del Derecho en general y del Derecho Civil en particular.

Importancia de los principios inspiradores

  •  No es prudente modificar legislación civil sin respetarlos.
  •  Permite interpretar la ley (espíritu general de la legislación, art. 24)
  •  Permite integrar lagunas legales

Enumeración según Carlos Ducci:

  •  Autonomía de la voluntad
  • La buena fe
  •  El enriquecimiento sin causa
  •  La responsabilidad

1) Autonomía de la voluntad y libertad contractual

  • Libertad es principio filosófico basado en el libre albedrío.
  •  Alcances:
    •  Libertad en sentido teológico (libertad para pecar)
    •  Libertad en sentido biológico (caso Phineas Gage).
    •  Libertad en sentido psicológico (trastornos mentales).
  • Relación entre
    •  Autonomía de la voluntad (lo general)
    •  Libertad contractual (lo particular)
  • Manifestaciones de la autonomía de la voluntad
    •  libertad para disponer de los bienes
    •  libertad en los actos unilaterales (testamento)
    •  regulación de los vicios de la voluntad
    •  Manifestaciones de la libertad contractual
    •  libertad para celebrar un contrato
    •  libertad para elegir la contraparte
    •  libertad para determinar las cláusulas del contrato
    •  libertad para modificar la responsabilidad
    •  libertad para interpretar el contrato
    •  libertad para renunciar a los derechos
    •  libertad para beneficiar a terceras personas de los efectos de un contrato
    •  libertad para ponerle fin al contrato

Artículos clave

Artículo 1545. “Todo contrato legalmente celebrado es una ley para las partes contratantes y no puede ser invalidado sino por su consentimiento mutuo o por causas legales”

Artículo 1560. “Conocida claramente la intención de los contratantes debe estarse a ella más que a lo literal de las palabras”.

Artículo 1567. “Toda obligación puede extinguirse por una convención en que las partes interesadas, siendo capaces de disponer libremente de lo suyo, consienten en darla por nula”.

Artículo 12. “Podrán renunciarse los derechos conferidos por las leyes, con tal que sólo miren al interés individual del renunciante, y que no esté prohibida su renuncia”.

  • Limitaciones
    •  La ley
    •  La moral (concepto mutable)
    •  Las buenas costumbres (concepto mutable)
    •  El orden público. Es el conjunto de valores esenciales que el legislador ha elevado a la categoría de jurídicamente protegidos.

2) Rechazo al enriquecimiento sin causa

  • El enriquecimiento a costa del empobrecimiento del otro es mal visto.
  •  La filosofía detrás es la justicia y la equidad.
  •  Consecuencias:
    •  La ley regula prestaciones e indemnizaciones
    •  En subsidio, acción in rem verso.
  •  Manifestaciones:
    •  Pago de lo no debido
    •  Recompensas en la sociedad conyugal
    •  Prestaciones o restituciones mutuas que derivan de un juicio reivindicatorio entre reivindicante y poseedor vencido
    •  La inoponibilidad;
    •  Normas de la accesión (por ejemplo en la adjunción, especificación, y la mezcla, y en la accesión de una cosa mueble a inmueble)
    •  Lesión enorme en la compraventa de bienes raíces.

3) Protección de la persona

  • Se protege a las personas naturales y jurídicas
  •  Manifestaciones:
    •  El derecho a la identidad y a la dignidad personal.
    •  El derecho a la integridad física y espiritual.
    •  El derecho a la libertad.
    •  El derecho al desarrollo personal y espiritual.

4)  La igualdad ante la ley.

  •  Más propio del Derecho Constitucional
  •  CC regula la igualdad ante la ley.
  •  El Código Civil regula las personas naturales (artículo 55) y las personas jurídicas (artículo 545)
  • Manifestaciones de la igualdad ante la ley
    • Artículo 14: “La ley es obligatoria para todos los habitantes de la República, inclusos los extranjeros”
    • Artículo 57 : “La ley no reconoce diferencias entre el chileno y el extranjero en cuanto a la adquisición y goce de los derechos civiles que regla este Código”.
  •  Excepción

Ejemplo: artículo 1012, que señala que “No podrán ser testigos en un testamento solemne, otorgado en Chile: 10. Los extranjeros no domiciliados en Chile”.

  •  Igualdad no permite invocar desconocimiento de la ley

Artículo 8: “Nadie podrá alegar ignorancia de la ley después que ésta haya entrado en vigencia”.

Artículo 706 inciso final:“Pero el error en materia de derecho constituye una presunción de mala fe, que no admite prueba en contrario”.

5) Protección de la familia

  • Es una derivación del principio anterior
  •  La familia es el núcleo principal de la sociedad
  •  Muy marcado en la CPR
  •  El CC fomenta la familia matrimonial.
  •  Manifestaciones:
    •  Protección del matrimonio. Artículo 102.
    •  Protección de los bienes familiares. Artículo 141
    •  Protección de la mujer. P.e. sociedad conyugal.
    •  Protección de la filiación.
    •  Protección del niño, niña o adolescente. Ley 19.620.

6) Libre circulación de los bienes

  • Protección de la propiedad privada
  •  Protección a nivel transversal: constitucional, legal y reglamentario
  •  Manifestaciones
    •  Regulación de la propiedad. Artículo 582 y ss.
    •  Regulación de las limitaciones al dominio, por ejemplo usufructos, servidumbres, fideicomisos.
    •  Regulación de la enajenación de los bienes (más estricto para inmuebles)
    •  Regulación de la cláusula de no enajenar.
    •  Facilidades para la partición de las comunidades.
    •  Se fomentan las sociedades (estado activo) por sobre las comunidades (estado pasivo)
    •  Sistema de propiedad inmueble de tipo público (Conservador de Bienes Raíces)
  •  La ley busca fomentar la circulación, no los estados pasivos. Fundamento: creación y acceso a la riqueza . Caso del artículo 1317

7) Legalidad y omnipotencia de la ley

  • La ley es la principal fuente normativa. Artículo 1.
  •  Limitación de la costumbre. Artículo 2.
  •  El legislador puede interpretar la ley en forma general y obligatoria.  Artículo 3. Interpretación judicial restringida.
  •  La ley tiene un proceso de formación público en el Congreso Nacional.
  •  La ley se divulga en forma pública por medio de su publicación en el Diario Oficial. Artículo 7.
  •  La ley es obligatoria para todos y nadie podrá alegar su ignorancia. Artículos 7 y 8.
  •  Todos son iguales ante la ley.
  •  La ley sólo puede ser dejada sin efecto por otra ley (derogación).

8) Buena fe

  • Alcance: evoca la idea de rectitud, de corrección, de actuar leal y diligente, no malicioso.
  •  Manifestaciones
  •  (1) Buena fe objetiva

Artículo 1546 , “Los contratos deben ejecutarse de buena fe, y por consiguiente obligan no sólo a lo que en ellos se expresa, sino a todas las cosas que emanan precisamente de la naturaleza de la obligación, o que por la ley o la costumbre pertenecen a ella”.

  •  (2) Buena fe subjetiva.

 Artículo 706, “La buena fe es la conciencia de haberse adquirido el dominio de la cosa por medios legítimos, exentos de fraude y de todo otro vicio”.

 Definición y Conceptos de Ley

 Características de la Ley

           Proceso de formación de la ley en el Congreso Nacional:

PRIMER TRÁMITE CONSTITUCIONAL

                SEGUNDO TRÁMITE CONSTITUCIONAL

TERCER TRÁMITE CONSTITUCIONAL

VETO DEL PROYECTO: Facultad del Presidente de la República para oponerse o formular observaciones a un proyecto de ley.

(Tiene un plazo de 30 días para pronunciarse, SI NADA DICE SE ENTIENDE QUE APRUEBA)