2.6 Sobre la Independencia del Sistema de Compliance
La decisión de una empresa de someterse a un procedimiento voluntario de compliance implica la determinación por parte de la autoridad superior de la organización, la que opta por la incorporación de un procedimiento de esta naturaleza por varias razones:
En primer lugar, por la existencia de una norma legal que la obliga, sea la ley de responsabilidad penal de las personas jurídicas u otra norma específica que obligue a poner a disposición del público general, o de ciertos actores tales como sus accionistas o sus entes reguladores (en la medida que cuentan con facultades fiscalizadoras).
En segundo lugar, las organizaciones mismas optan por hacer aplicables estos procedimientos a transgresiones a la ética cometidos al interior de la organización.
Así, la decisión de hacer aplicable un procedimiento de investigación sobre las transgresiones a los procedimientos, protocolos, matrices de riesgo, etc., corresponde a la forma de implementar una solución estandarizada a potenciales problemas que han sido identificados como siniestrosos para la compañía.
Esta definición de comportamientos jurídicamente adecuados permite reducir la ocurrencia de hechos o actos identificados como riesgosos en este análisis. Y, en segundo plano, como un mecanismo para limitar la responsabilidad de la institución en potenciales indemnizaciones surgidas como paliativa a la reparación de un daño ocasionado como consecuencia de la actividad económica realizada por la empresa.