1.5 Redacción de las Alternativas
La determinación de las alternativas de respuesta a este tipo de pregunta, requiere que
los elaboradores, consideren las siguientes variantes:
- Las opciones contienen la respuesta correcta y otras posibles – incorrectas – que se denominan respuestas de distractores.
- Generalmente, sólo una alternativa es válida. Una variante son aquellos ítems en que todas las alternativas son válidas pero hay una que es mejor que las demás.
- Una opción puede significar una reconsideración del resto (por ejemplo, «Ninguna de las anteriores»).
- Todas las opciones tienen que parecer ciertas, a fin de que no puedan excluirse inmediatamente por ser exageradas o sin sentido.
- Tienen una extensión parecida y concuerdan gramaticalmente con el enunciado.
- Las opciones válidas están situadas en diferentes posiciones.
Dado lo anterior, y basándonos en las redacciones de las preguntas anteriores, examinaremos cada una de las opciones de alternativas:
Caso 1: Cuatro alternativas, una opción correcta y tres distractores: Frente a la pregunta “¿Cada cuánto tiempo se determina el valor de la cuota de cada uno de los Fondos de Pensiones?”. Las opciones de alternativas son:
a) Una vez al mes.
b) Cuando la rentabilidad aumenta.
c) Diariamente.
d) Quincenalmente.
Acá hay dos tipos de alternativas. Tres se refieren a tiempo en términos cronológicos y una se refiere a un acontecimiento. Se requiere el conocimiento exacto de que la actualización es diaria, de lo contrario no hay ninguna posibilidad de dar con la respuesta correcta.
Además, la opción b) debería ser descartada por incompleta, ya que si la actualización es cuando la rentabilidad aumenta, debería contemplarse la extensión de la alternativa, señalando la expresión “… o cuando disminuye…”
Caso 2: todas las alternativas son correctas en sí mismas: en este caso, las opciones de respuesta son todas conceptualmente correctas, pero una será la respuesta correcta, ya sea por ser la más completa o por ser la que más se acerque a lo que se está preguntando. Veamos un ejemplo:
“Con respecto a los aportes de ahorros previsionales voluntarios acogidos al régimen tributario Letra a) del Artículo 20 L del Decreto de Ley 3.500, es correcto decir que:”
a) No generan beneficio tributario al aportar, pero originan generan una bonificación fiscal del 15% del total del ahorro del año, con tope de 6 UTM.
b) Los retiros no originan una retención del monto girado, pero se paga impuesto por la rentabilidad real de los retiros del año calendario.
c) Al realizar un retiro, la administradora debe retener el 15% de este, a fin de restituir al Estado los recursos no destinados a una pensión.
d) Estos aportes pueden ser realizados por trabajadores dependientes e independientes.
Acá la respuesta correcta será la alternativa a). Revisemos los argumentos:
En primer lugar, digamos que todas las alternativas, desde el punto de vista
de la modalidad tributaria de la letra a), están correctas.
- Luego, observemos que la pregunta consulta por los aportes. Por lo tanto, de inmediato se descartan las opciones b y c, porque estas se refieren a los retiros.
- Finalmente, aunque las alternativas a y d son correctas, el evaluador determinará que la opción a) es la correcta, pues abunda en tres detalles concretos de la naturaleza del producto apv con alternativa tributaria a), que son:
– No genera beneficio tributario al momento de aportar
– Originan una bonificación fiscal del 15% del total del ahorro del año
– Establece el tope anual a la bonificación.
Caso 3: Ninguna de las anteriores: En este caso, las alternativas de respuesta, estarán directamente vinculadas a la pregunta, pero ninguna de ellas responderá de manera directa lo que se consulta. Veamos un ejemplo:
“Una cuenta de ahorro voluntario puede estar sujeta a cobro de comisiones, por los siguientes conceptos:”
a) Por los retiros de recursos
b) Por el traspaso de saldo a otra administradora
c) Por los aportes periódicos
d) Ninguna de las anteriores
Acá se requiere saber que la única opción por la que se puede cobrar comisión en una cuenta de ahorro es por la administración del saldo. Por lo tanto, frente a estas alternativas, la opción será d) Ninguna de las Anteriores. Ahora bien, los distractores resultan absolutamente atractivos. Veamos:
- Opción a). En otros productos, los retiros están afectos a descuentos, ya sea por cargos tributarios o por comisiones, como es el caso de las pensiones.
- Opción b). Si bien los traspasos hacia otras administradoras, en ningún caso están afectos a comisión, las transferencias de recursos entre administradoras si están afectas a comisiones.
- Opción c). Sin duda este es mejor distractor, ya que las cotizaciones están afectas a comisión, tanto en la cuenta obligatoria como en la de ahorro de indemnización.
Frente a esto, el alumno tiene dos vías para llegar a la respuesta correcta: Si tiene clara la respuesta, al no hallarla, podrá señalar de inmediato que es la opción de Ninguna de las Anteriores. Ahora, si de todos modos tiene clara la respuesta, y desea hacer el análisis de cada opción, necesariamente tendrá que llegar a los argumentos planteados para marcar finalmente la respuesta.
Caso 4: Opciones que son parecidas o muy vinculadas en su materia: En este caso, frente a una pregunta, las alternativas sugieren conceptos que pueden ser muy similares, pero que son en definitiva muy buenos distractores. Por esta razón, ningún distractor podrá ser descartado de inmediato si no hay una buena lectura previa. Revisemos un ejemplo:
“La tasa de retención por los retiros de Cotizaciones Voluntarias enteradas bajo la modalidad tributaria de la letra b) del Artículo 20 L del Decreto de Ley 3.500 es la siguiente:”
a) 15%. Se carga a las Bonificaciones Fiscales
b) 15%. Se carga al monto a retirar
c) Entre un 3 y un 7% del monto retirado
d) La tasa de descuento tendrá un tope de 6 UTM.
Para responder esto, puede haber varios caminos: en primer lugar si se tiene claro que los retiros están afectos a una retención de 15%, de inmediato las opciones c y d quedarán descartadas. Luego la cuestión será discriminar entre las opciones a y b que en términos de lo que se consulta (la tasa), son idénticas. Para responder esto, el alumno debe saber claramente que en la modalidad tributaria b), el 15% es una retención contra el saldo a retirar. Eso le llevará a marcar la alternativa b.
Ahora bien, si no hay plena claridad en la respuesta, la opción de responder adecuadamente se torna nula, pues los distractores están todos relacionados con los temas tributarios de los APV. La opción c) dice relación con el gravamen tributario final del retiro; y la opción d) que es la más lejana, de todas formas incorpora un valor conocido, que el tope de la bonificación fiscal en la modalidad de la letra a). Sin duda, la opción d) debería ser el distractor menos recurrido.
Como ejercicio, es recomendable que el alumno, identifique la modalidad tributaria por la que se le está consultando. Si ha identificado que es la opción b), entonces ha de saber de memoria los siguientes tres conceptos:
- Beneficio tributario al aportar;
- Retención del 15% por retiro desde el monto a retirar;
- Sobretasa tributaria entre 3 y 7 por ciento al momento de reliquidar los
impuestos.
Caso 5: Extensión similar y gramaticalmente concordante con el enunciado: En este caso, estamos frente a una pregunta que busca distraer la atención del alumno, a través de un juego de palabras, por lo que se requiere de una alta atención. Veamos un ejemplo:
“La Orden de Traspaso Irrevocable es un documento por medio del cual los afiliados optan por cambiar la administración de su Cuenta de Capitalización Individual de Cotizaciones Obligatorias y demás cuentas que obligatoriamente deben ser traspasadas en este acto, desde la AFP en la que se encuentran afiliados a otra de su elección. La fecha de afiliación a la nueva administradora será la que corresponda al primer día del mes siguiente al de la suscripción de la respectiva Orden de Traspaso. ¿A contar de qué fecha el trabajador podría nuevamente suscribir una nueva Orden de Traspaso Irrevocable?
a) A contar del primer día del mes subsiguiente al de la suscripción de la Orden de Traspaso.
b) A contar del primer día del mes siguiente al de la suscripción de la Orden de Traspaso.
c) A contar del día siguiente al de la emisión de la notificación de aceptación de la Orden de Traspaso.
d) A contar del día siguiente al del acto de canje o traspaso de los recursos, con ocasión de la Orden de Traspaso suscrita
Acá, el juego de palabras está dado por las fechas y los plazos. Hay que tener el conocimiento básico de que los cuatro eventos dados, pues todos son reales y ocurren dentro del proceso de la Orden de Traspaso Irrevocable.
La opción a) es la alternativa correcta. A esa fecha, primer día del mes subsiguiente al de la suscripción de la Orden de Traspaso Irrevocable, todo el proceso del traspaso ha concluido y la AFP nueva ya ha actualizado los recursos en las respectivas cuentas. El afiliado es libre de iniciar un nuevo proceso.
La opción b) puede ser un distractor atractivo, pues el primer día del mes siguiente al de la suscripción, el afiliado ya pertenece a la nueva administradora. Sólo que no se ha producido el canje ni las debidas actualizaciones de los recursos en sus cuentas, por lo tanto, no se puede materializar un nuevo traspaso.
La opción c) es un distractor improcedente, pues si bien la Orden de Traspaso esta aceptada, aún no se ha producido siquiera la notificación al afiliado, y los recursos aún no han sido traspasados ni menos se ha efectuado una actualización en la AFP nueva. Todo lo anterior, considerando que si la Orden de Traspaso se suscribió en la primera quincena del mes, el afiliado aún no pertenece a la nueva administradora.
La opción d) puede resultar atractiva, pues los recursos ya han sido traspasados a la nueva administradora. Sin embargo, no se ha producido el proceso de actualización.
Dado esto, frente a los cuatro eventos válidamente mencionados, se debe poner toda la atención en la redacción de la pregunta, la cual abunda en información referida a la naturaleza de la Orden de Traspaso Irrevocable y en ninguna parte deja entrever la intención de lo que se va a consultar, develando el misterio sólo al final.
Este es un esquema realmente fatal que lo más probable es que lleve al alumno a equivocarse. Por último, el distractor menos atractivo será el de la letra c) pues acá recién se inicia el proceso, aunque incluye la palabra “aceptación”, lo que puede llevar a atraer la intención de marcaje.
6. Las alternativas correctas se van situando en distintas posiciones: Nunca una prueba tendrá como respuesta correcta la alternativa a) en cinco o más preguntas seguidas. Si esta figura se va dando, entonces es necesario poner mucha atención en ese fenómeno. Puede que ex profeso se haya diseñado de esa manera, pero es una probabilidad muy baja.